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La Procuraduría inhabilitó por 12 años a funcionarios de la UNP en Santander

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 12 años a dos funcionarios de la UNP en Santander por presunto acoso laboral contra una coordinadora regional.

Procuraduría De acuerdo con la investigación, los hechos incluyeron la difusión de mensajes ofensivos y señalamientos sin sustento

Un caso de presunto acoso laboral al interior de la Unidad Nacional de Protección (UNP) en Santander derivó en una decisión disciplinaria de alto impacto, luego de que se documentaran conductas reiteradas contra una funcionaria que ejercía como coordinadora regional.


De acuerdo con la investigación, los hechos incluyeron la difusión de mensajes ofensivos, señalamientos sin sustento y actuaciones que, en conjunto, habrían generado un ambiente adverso para el ejercicio de sus funciones.


Con base en estas evidencias, la Procuraduría General de la Nación, en fallo de primera instancia, resolvió destituir e inhabilitar por 12 años al agente escolta Alexander Consuegra Payares y al oficial de protección Miguel Ángel Castellanos Montt, ambos vinculados a la UNP en el departamento.

En su decisión, el ente de control calificó los hechos como faltas gravísimas cometidas con dolo, al considerar que las conductas no solo vulneraron el ambiente laboral, sino que se realizaron con plena conciencia de su impacto.


La Procuraduría concluyó que no se trató de episodios aislados, sino de acciones sistemáticas dirigidas a afectar a la funcionaria.

Dentro del expediente disciplinario se estableció que los sancionados habrían creado un entorno hostil mediante el uso de insultos soeces para referirse a la víctima, así como la publicación de más de un centenar de mensajes injuriosos en la red social Twitter (actualmente X), a través de cuentas sindicales.


En dichas publicaciones se difundieron imágenes de carácter personal y familiar, acompañadas de acusaciones de corrupción que no fueron probadas.


A esto se sumó la presentación reiterada de quejas formales que, según el proceso, fueron archivadas por falta de sustento.

El fallo también señala que estas actuaciones derivaron en la obstaculización de funciones de la coordinadora regional, al punto de forzar su salida del cargo en el año 2020.


Además, se documentaron afectaciones a su salud mental, reflejadas en episodios de zozobra, temor
y aislamiento, lo que llevó a la asignación de un esquema de seguridad debido a un nivel de riesgo considerado extraordinario.

Finalmente, el Ministerio Público concluyó que las agresiones tuvieron un componente de sesgo de género, al estar dirigidas a socavar la autoridad, la honra y la estabilidad emocional de la funcionaria por su condición de mujer en un cargo de liderazgo.


La decisión, al ser de primera instancia, fue apelada por los disciplinados, por lo que el proceso continuará.