El alcalde de Barichara, Milton Edilson Chaparro Jiménez, quedó en la mira de la Procuraduría General de la Nación por las decisiones que tomó frente al desabastecimiento de agua que afectó al municipio.
El órgano de control abrió un proceso disciplinario en su contra y le formuló cargos por la forma en que se habría garantizado el suministro del líquido durante la emergencia decretada en 2024.
La crisis que desató la investigación
Barichara declaró calamidad pública hace dos años ante la falta de agua apta para consumo humano. En ese contexto, la administración municipal buscó fuentes alternas para abastecer a la comunidad.
Según la Procuraduría, la solución implementada por el mandatario es la que ahora se cuestiona, al considerar que se habría ejecutado por fuera del marco legal ambiental.
Un predio privado y una restricción vigente
La indagación apunta a que la Alcaldía habría recurrido a un nacimiento de agua conocido como La Chorrera, situado en un lote privado de la vereda Santa Helena, identificado como Lote 4.
Ese punto, según lo advertido por el ente disciplinario, no estaría disponible para su aprovechamiento porque sobre él recaería una medida preventiva dictada por la autoridad ambiental regional (CAS Santander), que impedía su uso.
Pese a esa limitación, el recurso de ese lugar habría sido tomado y distribuido para atender la emergencia.
Permisos que no se habrían tramitado
Además del desconocimiento de la restricción ambiental, la Procuraduría examina si la extracción se hizo sin respaldo jurídico.
La hipótesis del Ministerio Público es que no se habría contado con la concesión que autoriza el uso de aguas, ni con ningún otro aval expedido por la autoridad ambiental, documentos que son indispensables para cualquier captación, incluso bajo calamidad pública.
Por esa razón, se indaga si el alcalde pasó por alto los procedimientos establecidos para disponer de una fuente hídrica.
¿En qué queda el caso?
De manera preliminar, la conducta fue calificada como una falta grave cometida bajo la modalidad de culpa grave.
La Procuraduría precisó que este llamado no equivale a una sanción. Se trata del inicio de la etapa de juicio disciplinario, donde se definirá si hubo extralimitación de funciones y si se vulneraron las obligaciones legales del cargo.
Chaparro Jiménez tendrá la oportunidad de ejercer su defensa, explicar las actuaciones adoptadas durante la emergencia y allegar las pruebas que respalden su gestión.